lunes, junio 19, 2006

¿Qué funciones tienen las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales?

Son las siguientes:

a) Colaboración en la gestión de las contingencias de accidente de trabajo y enfermedades profesionales (contingencias profesionales), prestando asistencia sanitaria y el pago del correspondiente subsidio.

b) La realización de actividades de prevención, recuperación y demás previstas en la Ley de la Seguridad Social.

c) Colaboración en la gestión de la prestación económica de la incapacidad temporal derivada de contingencias comunes (enfermedad común y accidente no laboral). La mutua no asume la gestión sanitaria, sino sólo el pago del subsidio por incapacidad temporal, declarando el derecho al mismo, o su denegación, suspensión o extinción.

d) Cuantas otras les sean atribuídas legalmente.

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